Jubilaciones de trabajadores a tiempo parcial
Una sentencia del Tribunal Constitucional del pasado mes de julio estableció la nulidad parcial del precepto legal que, al regular la cuantía de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial. El TC estima injustificada la doble penalización que supone la fórmula de cálculo en el derecho a la jubilación de quienes han trabajado a tiempo parcial. Según la sentencia se penaliza la forma de computar los períodos trabajados parcialmente, cuando ya las bases de cotización que se toman para calcular la pensión son inferiores a las que corresponden a tiempo completo, puesto que se corresponden a los salarios a tiempo parcial. Por otra parte, la sentencia indica que se produce una discriminación indirecta por sexo, dado que el empleo a tiempo parcial lo desempeñan mayoritariamente las mujeres. Según Laboral Social, al poco de publicarse la sentencia, la Seguridad Social ya aplicaba este pasado verano los criterios del Tribunal Constitucional a las solicitudes de jubilación por empleo a tiempo parcial.